Informamos a todos los pasajeros de países no pertenecientes a la Comunidad Europea de que, al transitar entre dos países miembros del Espacio Schengen, deben estar en posesión de un visado Schengen.
A continuación, figura una lista de todos los países cuyos nacionales deben disponer de un visado Schengen durante sus viajes y otra de los que no lo necesitan.
Para obtener más información sobre las fronteras del espacio Schengen y las condiciones de acceso a los visados, visite el portal de la Comisión Europea.
A continuación, figura una lista de todos los países cuyos nacionales deben disponer de un visado Schengen durante sus viajes y otra de los que no lo necesitan.
Para obtener más información sobre las fronteras del espacio Schengen y las condiciones de acceso a los visados, visite el portal de la Comisión Europea.
- Afganistán
- Angola
- Arabia Saudita
- Argelia
- Armenia
- Azerbaiyán
- Bangladesh
- Baréin
- Belice
- Benín
- Bielorrusia
- Bolivia
- Botsuana
- Burkina Faso
- Burundi
- Bután
- Cabo Verde
- Camboya
- Camerún
- Chad
- China
- Comoras
- Congo
- Corea del Norte
- Costa de Marfil
- Cuba
- Ecuador
- Egipto
- Eritrea
- Etiopía
- Filipinas
- Fiyi
- Gabón
- Gambia
- Ghana
- Guinea
- Guinea-Bisáu
- Guinea Ecuatorial
- Guyana
- Haití
- India
- Indonesia
- Irak
- Irán
- Jamaica
- Jordania
- Kazajistán
- Kenia
- Kirguistán
- Kuwait
- Laos
- Lesoto
- Líbano
- Liberia
- Libia
- Madagascar
- Malawi
- Maldivas
- Mali
- Marruecos
- Mauritania
- Mongolia
- Mozambique
- Myanmar
- Namibia
- Nauru
- Nepal
- Níger
- Nigeria
- Omán
- Papúa Nueva Guinea
- Pakistán
- Qatar
- República Centroafricana
- República Democrática del Congo
- República Dominicana
- Ruanda
- Rusia
- Santo Tomé y Príncipe
- Senegal
- Sierra Leona
- Siria
- Somalia
- Sri Lanka
- Suazilandia
- Sudáfrica
- Sudán
- Sudán del Sur
- Surinam
- Tailandia
- Tanzania
- Tayikistán
- Togo
- Túnez
- Turkmenistán
- Turquía
- Uganda
- Uzbekistán
- Vietnam
- Yemen
- Yibuti
- Zambia
- Zimbabue
- Kosovo *
- Palestina
* Según definición de la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 10 de junio de 1999.
- Albania
- Andorra
- Antigua República Yugoslava de Macedonia
- Antigua y Barbuda
- Argentina
- Australia
- Bahamas
- Bosnia Herzegovina
- Brasil
- Brunéi
- Canadá
- Chile
- Colombia
- Corea del Sur
- Dominica
- El Salvador
- Emiratos Árabes Unidos
- Estados Unidos de América
- Granada
- Georgia *
- Guatemala
- Honduras
- Islas Marshall
- Islas Salomón
- Israel
- Japón
- Kiribati
- Malasia
- Mauricio
- México
- Micronesia
- Moldavia
- Mónaco
- Montenegro *
- Nicaragua
- Nueva Zelanda
- Palau
- Panamá
- Paraguay
- Perú
- Samoa
- San Cristóbal y Nieves
- San Marino
- Santa Lucia
- Santa Sede (Vaticano)
- San Vicente y las Granadinas
- Serbia * **
- Seychelles
- Singapur
- Timor Oriental
- Tonga
- Trinidad y Tobago
- Tuvalu
- Ucrania
- Uruguay
- Vanuatu
- Venezuela
* La exención de visado se aplica únicamente a los titulares de pasaportes biométricos.
** Con excepción de los titulares de pasaportes serbios emitidos por la Dirección de Coordinación Serbia (Koordinaciona upgrava).
** Con excepción de los titulares de pasaportes serbios emitidos por la Dirección de Coordinación Serbia (Koordinaciona upgrava).
- Hong Kong *
- Macao **
* La exención de visado se aplica únicamente a los portadores de pasaporte de la Región Administrativa de Hong Kong.
** La exención de visado se aplica únicamente a los portadores de pasaporte de la Región Administrativa de Macao.
** La exención de visado se aplica únicamente a los portadores de pasaporte de la Región Administrativa de Macao.
- Ciudadanos británicos de territorios de ultramar (BOTC)
- Ciudadanos británicos en el exterior (COB)
- Personas británicas en régimen de protección (BPP)
- Asuntos británicos (BS)
- Taiwán *
* La exención de la obligación de visado se aplica únicamente a los titulares de pasaportes emitidos por Taiwán que incluyen una tarjeta con número de identidad.